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Derecho de los pacientes:

 

1. Elegir libremente a su médico, siempre y cuando este disponible, en caso contrario puede escoger según las alternativas que la Institución le ofrece.

 

2. Disfrutar de una comunicación plena y clara con su médico, apropiadas a sus condiciones sicológicas y culturales, que le permita obtener toda la información necesaria respecto a la enfermedad que padece, así como los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar. También tienen derecho a que él, sus familiares o representantes, en caso de minoría de edad o cuando el paciente no este en la capacidad de hacerlo, consientan o rechacen estos procedimientos, dejando expresa constancia escrita de su decisión.

 

3.  Recibir un trato digno y amable respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que sufre.

 

4.  Que se le respete la voluntad de participar en investigaciones realizadas por personal científicamente calificado, siempre y cuando se haya enterado acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.

 

5.  Recibir de la Institución los beneficios, recursos y las tecnologías disponibles para la prestación de los servicios y la atención de su salud.

 

6.  Acceder a los servicios de salud que ofrece la Institución de forma particular o a través de los Planes de Beneficio del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con base en la capacidad de oferta de la Institución y los contratos que se tengan con las diferentes entidades aseguradoras del Sistema.

 

7.  Acceder a los diferentes servicios que ofrece la institución en los horarios, programaciones y demás características de la oferta organizada por la Institución en concordancia con su capacidad resolutiva, con base en los conocimientos científicos y las mejores condiciones de seguridad.

 

8.  Obtener, de los funcionarios competentes de la Institución, información e instrucciones adecuadas sobre acciones y prácticas conducentes a la promoción y conservación de su salud personal y la de los miembros del núcleo familiar, particularmente en lo relacionado con la prevención de las enfermedades de la piel.

 

9.   Conocer los registros sobre su estado de salud y la atención recibida en los términos que establece la ley.

 

10. Exigir a la Institución un manejo confidencial de la información relacionada con su estado de salud de conformidad con las normas éticas y legales vigentes y demás normas que la complemente o modifiquen.

 

11. Que se le respete su intimidad.

 

12. Recibir la prescripción de los medicamentos en forma escrita, así como la explicación clara sobre las vías de administración, forma y condiciones de uso, efectos secundarios, riesgos y acciones a realizar cuando estos se presenten, de conformidad con las normas vigentes sobre el particular.

 

 

Deberes de los pacientes: 

 

 

1.  Hacerse responsable del cuidado integral de su salud, seguir los procedimientos, prescripción y actividades indicados por el médico. Asistir a los controles y no automedicarse.

 

2.  Ser consciente de sus condiciones de salud y las repercusiones a su comunidad.

 

3.  Suministrar a la Institución la información relacionada con sus riesgos de salud, síntomas, signos, enfermedades y demás situaciones que sean requeridas, para una adecuada prestación de los servicios.

 

4.  Suministrar a la Institución la información relacionada con el tipo de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como los requisitos exigidos para su atención.

 

5.  Pagar los servicios utilizados con base en las tarifas establecidas por la Institución.

 

6.  Brindar un trato digno y amable a los empleados y a los demás usuarios de la Institución.

 

7.  Respetar la intimidad de los demás usuarios.

 

8. Utilizar y conservar los bienes, instrumentos y elementos de la Institución con cuidado y responsabilidad, de lo contrario asumir los costos de reparación y/o reposición.

 

9. Asistir puntualmente a su cita y avisar de acuerdo a lo estipulado por la Institución con suficiente anticipación, en caso de cancelación de la misma.

 

10. Cumplir con las disposiciones establecidas por la Institución con respecto al manejo de residuos y similares de acuerdo a la normatividad ambiental vigente.

 

 

 

 

 

 

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